Se hace público para general conocimiento, la Resolución de la Consejera Delegada de Medio Ambiente y Residuos, Participación Ciudadana, Emergencias y Sanidad del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, de fecha 7 de marzo de 2014, por el que se establece la apertura de cinco campos de adiestramiento intensivo de perros de caza, de carácter temporal, y sus condiciones, cuyo tenor literal es el siguiente:
1. Solo estará permitido el adiestramiento de perros de caza. Está totalmente prohibido el uso de hurón, de armas de fuego y la suelta de especies cinegéticas. El número máximo de perros que se podrán adiestrar será de ocho (8) por cazador individual, doce (12) dos cazadores y quince (15) por cuadrilla. Se entenderá por cuadrilla al grupo compuesto por un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5) cazadores.
2. El periodo habilitado para la práctica de los adiestramientos especiales se extenderá desde el 30 de marzo hasta el 25 de mayo de 2014.
3. Los adiestramientos se permitirán los jueves, sábados y domingos, desde la salida del sol hasta su puesta, debiendo atender las indicaciones que se realicen por los agentes de medio ambiente, agentes del Seprona de la Guardia Civil o Guardas Particulares del Campo (Guardas de Caza).