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BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE APTITUD PARA LA OBTENCIÓN POR PRIMERA VEZ DE LA LICENCIA DE CAZA EN LA ISLA DE LANZAROTE.
Primera.- Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria establecer el contenido y modo de realización, en el ámbito de la isla de Lanzarote, de las pruebas de aptitud para la obtención, por primera vez, de la licencia de caza.
Segunda.- Requisitos exigidos para ser admitido en las pruebas.
Deberán participar en los exámenes las personas mayores de catorce años que no tengan acreditada la aptitud y conocimiento necesario para la obtención, por primera vez, de la preceptiva licencia de caza, y que deseen ejercitar la actividad cinegética.
Tercera.- Solicitudes, plazo y lugar de presentación.
1. Presentación de instancias: quienes deseen tomar parte en las pruebas de aptitud deberán presentar la solicitud, en el Registro General del Cabildo Insular, calle Avenida Fred Olsen, 35500-Arrecife de Lanzarote.
2. Documentación a adjuntar con la instancia: las instancias solicitando tomar parte en las pruebas de aptitud, deberán venir acompañadas con fotocopia compulsada de la siguiente documentación:
- Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.
3. Plazo de presentación: el plazo de presentación de instancias será:
- Examen del día 25 de mayo: hasta las catorce horas de dicho día.
- Examen del día 20 de julio: hasta las catorce horas de dicho día.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
Para ser admitido, será necesario que los aspirantes manifiesten que reúnen todas las condiciones exigidas en la convocatoria y presenten la documentación requerida, conforme establece la base tercera.
Más información: Boletín Oficial de Canarias núm. 70 Lunes 10 de abril de 2017