lunes, 11 de marzo de 2019

Cabildo Insular de Gran Canaria

ANUNCIO por el que se hace pública la Resolución de 6 de febrero de 2019, que autoriza campos de entreno de perros de caza para la temporada 2019.

R E S U E L V O:
1º) Autorizar para la temporada 2019, los siguientes campos de entrenamiento para perros de caza:
CAMPOS DE ENTRENO DE INVIERNO PARA PERROS DE CAZA SIN ARMAS DE FUEGO, CETRERÍA Y CAZA CON ARCO. 2019:
Ver anexo en la página 7796 del documento Descargar
Barranco de Silva Telde
Los Mocanes-Las Vueltas Valsequillo
Montaña de Gáldar o Pico de La Atalaya Gáldar
Lomo Santiago - Ayacata San Bartolomé de Tirajana
CAMPO PERMANENTE DE ENTRENAMIENTO DE VUELO DE AVES DE CETRERÍA.
Condicionantes:
El campo de entrenamiento de vuelo para aves de cetrería estará ubicado en la Finca Insular de Costa Cebolla en Arucas, con los condicionantes expuestos en el informe adjunto emitido por la Consejería de Agricultura del Cabildo de Gran Canaria.
CAMPOS DE ENTRENO DE VERANO PARA PERROS DE CAZA SIN ARMAS DE FUEGO, CETRERÍA Y CAZA CON ARCO. 2019
Ver anexo en la página 7796 del documento Descargar
Denominación Campo de entreno Municipio
Las Gambuesillas La Aldea de San Nicolás
Hoya de La Salvia Mogán
Lomo de Tomás León Arucas-Firgas
Barranco de Los Vicentes San Bartolomé de Tirajana
Lomo Gordo - Piletas Agüimes
Cueva Lapa - Botija Gáldar

a) Los Campos de Entrenamiento de invierno 2019 permanecerán abiertos desde el segundo domingo diez (10) de febrero del 2019, hasta la apertura de los campos de entrenamientos de verano (martes dos (2) de julio.
b) Los Campos de Entrenamientos de verano 2019 permanecerán abiertos desde el primer martes dos (2) de julio del 2019 hasta el último día hábil anterior a la apertura de la temporada de caza 2019.
c) Los días hábiles para entrenar en los diferentes Campos de Entrenamiento serán los martes, Jueves, sábados, domingos y festivos, excepto para las modalidades de Cetrería y Caza con Arco que serán los lunes, martes, miércoles y viernes.
Todo ello bajo las siguientes condiciones:
a) Los Campos de Entrenamiento de invierno 2019 permanecerán abiertos desde el segundo domingo diez (10) de febrero de 2019, hasta la apertura de los campos de entrenamientos de verano martes dos (2) de julio.
b) Los Campos de Entrenamientos de verano 2019 permanecerán abiertos desde el primer martes dos (2) de julio del 2019 hasta el último día hábil anterior a la apertura de la temporada de caza 2019.
c) Los días hábiles para entrenar en los diferentes Campos de Entrenamiento serán los martes, jueves, sábados, domingos y festivos, excepto para las modalidades de Cetrería y Caza con Arco que serán los lunes, martes, miércoles y viernes.
d) Solo se permitirá el uso de cuatro perros por cazador, no existiendo la figura de la Cuadrilla, excepto para las modalidades de Cetrería y Caza con Arco, que será de un perro por Cetrero o Arquero.
e) Para poder acceder a los Campos de Entrenamiento será necesario tener y llevar consigo toda la documentación para el ejercicio de la actividad cinegética en vigor.
f) Los límites de los Campos estarán, en la medida de lo posible, a accidentes naturales, topográficos, vías, caminos, etc.; que redunden en una mejor identificación y menor confusión para los cazadores.
g) Todos los Campos de Entrenamientos deberán estar correctamente señalizados conforme a la normativa vigente.
h) Todos los Campos de Entrenamiento de la Isla permanecerán cerrados una vez se inicie la temporada de Caza.
i) El estacionamiento de vehículos, para las personas que acudan al campo de entrenamiento, se realizará en los lugares habilitados y señalizados para ello, siempre que lo hubiere.
2º) Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias, para su conocimiento y efectos oportunos.
3º) Dar traslado de la resolución a los agentes de medio ambiente de este Cabildo, a los agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil, y a las Sociedades de Cazadores.
Este Cabildo se reserva la potestad, previa comunicación al/los interesado/s de anular la presente resolución, total o parcialmente, cuando la correcta protección del medio natural así lo requiriese.