miércoles, 2 de marzo de 2011

Actividad cinegética en los Volcanes

Además, el Pleno ha acordado instar al Gobierno de Canarias a que, en defensa de los métodos y lugares tradicionales de caza en la isla, únicos en el mundo, así como de sus cazadores y para conservar los cultivos en una zona tan peculiar como La Geria, estime permitir, con las excepciones a que haya lugar, la práctica de la caza en la zona de uso restringido central del Parque Natural de Los Volcanes, situada entre Yaiza y Mancha Blanca, antes de la aprobación definitiva del Plan Rector de uso y Gestión de La Geria.

En el documento inicial del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Los Volcanes, se establecía con carácter general la prohibición de la actividad cinegética en todo el espacio natural, salvo en supuestos de emergencias cinegéticas. Teniendo en cuenta que tal medida supone una incongruencia, dado que la caza en Lanzarote se caracteriza por ser practicada en volcán bajo la modalidad de podenco y hurón para el conejo, coexistiendo, además, con la caza de perdiz que se ha adaptado a este tipo de terreno; tal medida implicaría que los territorios más característicos de caza de la isla se perderían al encontrarse dentro del Parque.

Tras las alegaciones efectuadas por el Cabildo de Lanzarote en el sentido de que no debe prohibirse la actividad cinegética que se viene realizando de forma tradicional, tras consultar la zonificación del Parque se observa que se sigue excluyendo, sin justificación alguna, la caza en la Zona de Uso Restringido (Zona central del parque), dándose la circunstancia de que la práctica totalidad de tal zona es una de las más apreciadas por el cazador insular y limita con la zona de viñas de la Geria.

Se pide, además, mantener la prohibición de cazar en la zona de uso restringido atenta claramente contra la modalidad de caza más ancestral y tradicional de cuantas existe en Canarias (caza de conejos a perro y hurón en Volcán), siendo admirada y alabada en todo el mundo.

Además de lo anterior, se da la circunstancia de que las especies cinegéticas que habitan en el parque, principalmente conejos y perdices, carecen de depredadores naturales, por lo que el único medio de control que existe es la caza de las mismas.

El Cabildo pedirá también mantener la prohibición de caza en la zona de uso restringido, limítrofe con la principal zona de viña de la isla, supondrá una proliferación exagerada de dichas especies, lo que conllevará a la desaparición de la Geria por la voracidad de los conejos. Si hasta ahora, aún cazando en la zona se tiene que declarar anualmente una emergencia cinegética para proteger la viña del conejo, la situación se agravaría si se mantiene la prohibición de cazar en la señalada zona de uso restringido del Parque.

Todo lo anterior se refuerza con la realidad de que en la zona de uso restringido del parque se ha venido cazando desde siempre y no se ha detectado daño alguno en ella por parte de cazadores, dado que es motivo de orgullo que los mismos se caractericen por la sostenibilidad de su caza basada en el más absoluto respeto del cazador hacia las piezas y el terreno en el que la práctica. Nunca se ha producido en Lanzarote una repoblación de especies por un uso abusivo de la caza, lo que muestra a un cazador respetuoso con el medio ambiente y sus especies. Prohibir la caza en esta zona puede llevar a un efecto contrario al pretendido, pues si se producen ataques a la agricultura lo más lógico es que el agricultor reaccione con el uso indiscriminado de venenos para la protección de sus cultivos con el consiguiente daño a cualquier especie animal.

Fuente: Extracto Cronicas de Lanzarote V3.0