sábado, 28 de marzo de 2015

La custodia del patrimonio

Víctor Rafael Mascarell Mascarell
Publicado en la Revista TROFEO nº 483 de agosto 2010.

La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad reconoce a las Entidad de custodia del territorio (como la): organización pública o privada, sin ánimo de lucro, que lleva a cabo iniciativas que incluyan la realización de acuerdos de custodia del territorio para la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad”, y define como Custodia del territorio (como el): conjunto de estrategias o técnicas jurídicas a través de las cuales se implican a los propietarios y usuarios del territorio en la conservación y uso de los valores y los recursos naturales, culturales y paisajísticos.”


A principios del año 2009 escribí el artículo Entidades de Custodia para el Patrimonio Cinegético, sobre las realidades, reconocimientos, e iniciativas que pretende, de manera constructiva y positiva, el que las Comunidades Autónomas se involucren de forma real y legal en el reconocimiento y en la labor que vienen ejerciendo desde hace años las Sociedades de Caza o tantas otras, como entidades de custodia, y con la intención de ayudar a establecer el modelo de custodia en España, ya que para mí, la Custodia es una nueva concepción de la protección de nuestro entorno, con la aportación de recursos económicos de instituciones sociales y públicas, implicando a los usuarios y propietarios a través de entidades sin ánimo de lucro, que se transforman en una magnífica herramienta de participación y colaboración de la sociedad civil en la preservación y conservación del patrimonio; pero no solamente del patrimonio natural, también del monumental, cultural, histórico o de cualquier otro ámbito.


Con la custodia, el Estado, que estaba solo en la preservación y conservación de nuestro patrimonio, comparte la labor con la sociedad civil y con la financiación privada. Por ello yo hablaría de custodia y entidades del Patrimonio, y no de custodia y entidades del territorio.

En España, por lo reciente de su implantación, el modelo de custodia se está gestando. Muchas organizaciones custodian nuestro patrimonio y hasta ahora no se les había reconocido: arqueólogos, ecologistas, cazadores, botánicos, naturalistas, ornitólogos, pescadores, etc.; unos por interés, otros por ser usuarios, y otros por convicción; todos tienen que preservarlo y conservarlo, es nuestro patrimonio. Por eso es importante que se les reconozca su labor e implicación, y se les dote de herramientas.

Los cazadores, por ejemplo, desde hace años gestionan parte de nuestra fauna silvestre, la cinegética, realizando acuerdos de custodia, tanto con la Administración pública (planes técnicos de ordenación) como con los propietarios de los terrenos, sean privados o públicos (acuerdos de uso y disfrute), planificando e invirtiendo en mejoras ambientales y de hábitat que benefician tanto al patrimonio cinegético, de las que tienen interés, como a otras especies, sin ningún reconocimiento ni ayuda.

Considero que la idea de la Custodia es buena e importante, y soy de la convicción de que esa figura de entidades de custodia que crea la Ley del Patrimonio Natural, no debería ser acotada por ningún lobby, no corramos el peligro de que algún colectivo determinado trate de dejar fuera a los demás en ésta herramienta de conservación; y que el Estado y las Administraciones, que son las más interesadas, deberían de conducir el modelo que más le interesa a la sociedad actual, estableciendo los cimientos en la participación e inversión civil o pública en la preservación de nuestro patrimonio.