viernes, 8 de mayo de 2015

Cabildo Insular de La Palma

Por Resolución de la Consejera Delegada de Medio Ambiente y Residuos, Participación Ciudadana, Emergencias y Sanidad del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, de fecha 17 de abril de 2015, se dispone lo siguiente:

Primero.- Autorizar el establecimiento de los cinco campos de adiestramiento intensivo de perros de caza, de carácter temporal, a favor de las Sociedades de Cazadores de La Palma, que fueron solicitados por la Federación Insular de Caza, y la apertura de dichos campos de adiestramiento con la delimitación establecida, y con sujeción a las condiciones que se señalan, cuyo incumplimiento podrá dar lugar a la revocación de la autorización:

1. Sólo estará permitido el adiestramiento de perros de caza. Está totalmente prohibido el uso de hurón, de armas de fuego y la suelta de especies cinegéticas.

El número máximo de perros que se podrán adiestrar será de ocho (8) por cazador individual, doce (12) dos cazadores y quince (15) por cuadrilla. Se entenderá por cuadrilla al grupo compuesto por un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5) cazadores.

2. El periodo habilitado para la práctica de los adiestramientos especiales se extenderá desde la fecha de emisión del presente Decreto hasta el 31 de mayo de 2015.

3. Los adiestramientos se permitirán los martes, jueves, sábados y domingos, desde la salida del sol hasta su puesta, debiendo atender las indicaciones que se realicen por los agentes de medio ambiente, agentes del Seprona de la Guardia Civil o Guardas Particulares del Campo (Guardas de Caza).