viernes, 13 de noviembre de 2015

Gobierno de Canarias- Modificación periodo hábil de caza Tenerife

ORDEN de 9 de noviembre de 2015, por la que modifica puntualmente el artículo 12 de la Orden de 30 de junio de 2015, que establece las épocas hábiles de caza para el año 2015, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias.

D I S P O N G O:
Primero.- Modificar la redacción del párrafo segundo del artículo 12, apartado B) (periodos y días hábiles por modalidad), de la Orden de 30 de junio de 2015, por la que se establecen las épocas hábiles de caza para el año 2015, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias, quedando su contenido del siguiente modo:
"- Perdiz moruna y paloma bravía: solo con perro de muestra, desde el 2 de agosto hasta el 15 de noviembre; y con perro de muestra y escopeta desde el 6 de septiembre hasta el 1 de noviembre".
Segundo.- La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de noviembre de 2015.
LA CONSEJERA DE POLÍTICA TERRITORIAL,
SOSTENIBILIDAD Y SEGURIDAD,
Nieves Lady Barreto Hernández.