viernes, 3 de junio de 2016

Cabildo Insular de Lanzarote

ANUNCIO de 24 de mayo de 2016, por el que se somete a información pública el acuerdo de 18 de marzo de 2016, relativo a campos de adiestramiento.

Primero.- Autorizar a la Nueva Sociedad de Cazadores de Lanzarote, sin perjuicio de la conformidad, en cada caso, del titular de los terrenos afectados, la apertura de los campos de adiestramiento de aves de cetrería, que se citan a continuación:

1.- Los Topes: Tías.

2.- La Costa: Tinajo.

Dichos campos deberán estar debidamente señalizados antes de su apertura deberán estar debidamente señalizados en su perímetro en todos aquellos senderos, caminos, pistas o carreteras de acceso, en el momento de su apertura. La señalización se deberá realizar acorde a la Orden de 14 de marzo de 2005.

En los periodos:

a) Del 19 de marzo al 30 de abril.

b) Del 1 de mayo hasta la primera fecha de apertura del período hábil de caza.


ANUNCIO de 24 de mayo de 2016, por el que se somete a información pública el acuerdo de 13 de abril de 2016, relativo a apertura de campos de adiestramiento.

Primero.- Autorizar a la Sociedad de Cazadores de Lanzarote, sin perjuicio de la conformidad, en cada caso, del titular de los terrenos afectados, la apertura de los campos de adiestramiento de perros de caza, podencos y de muestra que se citan a continuación:

1.- Rincón del Mudo: Tías.

2.- Juan Bello: San Bartolomé.

3.- Volcán de Dolores: Tinajo.

4.- Chupadero de Diama: Yaiza.

5.- Peña Redonda: Haría.

6.- Las Peñas: Teguise.

Cumplida dicha señalización y dotado el campo, inexcusablemente, de la vigilancia adecuada, que será responsable del buen uso del mismo, podrán iniciarse los adiestramientos todos los días de la semana, desde la salida hasta la puesta del sol, del periodo comprendido entre el día 1 de mayo hasta la primera fecha de apertura del periodo hábil de caza.