martes, 26 de septiembre de 2017

Gobierno de Canarias

ORDEN de 18 de septiembre de 2017, por la que se modifica parcialmente la Orden de 27 de junio de 2017, que establece las épocas hábiles de caza para la temporada 2017-2018, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias, y se corrigen los errores de hecho advertidos en la misma.

En este sentido, el Cabildo de La Gomera ha solicitado formalmente de este Departamento modificar el artículo 9 de la Orden de 27 de junio de 2017, en lo que concierne a los períodos hábiles, condiciones y limitaciones para la práctica de la caza menor en la isla de La Gomera, habida cuenta del deficiente estado y merma en que se encuentran las poblaciones insulares de conejo y perdiz moruna, a causa de factores relacionados con la climatología.

Asimismo, el Cabildo de La Palma ha pedido también modificar parcialmente el artículo 11 de la Orden de 27 de junio de 2017, en aras de excluir a la tórtola común del listado de especies susceptibles de ser cazadas en la isla de La Palma, como medida de conservación, habida cuenta del declive de las poblaciones de la citada especie a nivel insular.

De otra parte, el Cabildo Insular de Lanzarote ha instado la corrección de dos errores, consistiendo el primero de ellos en la sustitución de las alusiones a la perdiz roja contenidas en el artículo 10, apartado H), de la susodicha Orden, por una correcta referencia a la perdiz moruna, habida cuenta que esta es la genuina especie cinegética autorizada según el apartado A) del referido precepto; versando el segundo de los errores sobre la ausencia de concordancia entre la redacción del artículo 10, apartado I), punto 4), en relación con lo contemplado en el punto 2) del mismo apartado y precepto.

Artículo 1.- Es objeto de la presente Orden modificar parcialmente la Orden de 27 de junio de 2017, por la que se establecen las épocas hábiles de caza para la temporada 2017- 2018, así como las condiciones y limitaciones para su ejercicio en la Comunidad Autónoma de Canarias, corrigiendo también los errores de hecho advertidos en la susodicha Orden.