Las Palmas de Gran Canaria, Europa Press El Boletín Oficial de Canarias de este miércoles, 29 de junio, publicó la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias por la que se establecen las épocas hábiles de caza para 2011, así como las limitaciones para su ejercicio en las diferentes islas.
En un comunicado, el consejero de Deportes y Caza del Cabildo de Fuerteventura, Antonio Mesa, explicó que "el contenido final de la orden se ajusta a lo que se trató en el Consejo Insular de Caza de Fuerteventura, buscando compatibilizar las fechas de apertura con las distintas islas y atender a la situación de las especies cinegéticas".
Así, el artículo 7 de la mencionada Orden detalla los períodos hábiles, condiciones y limitaciones para la práctica de la caza menor en Fuerteventura.
De esta manera, sobre las especies autorizadas serán la perdiz moruna, el conejo, la paloma bravía, la ardilla moruna y los animales asilvestrados.
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