viernes, 16 de junio de 2017

Cabildo Insular de La Palma

Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 26 de mayo de 2017, que autoriza campos de entrenamiento y adiestramiento cinegéticos.

Primero: Declarar la apertura de las siguientes zonas de adiestramiento de perros de caza, con la delimitación que se especifica y con sujeción a las condiciones que se señalan:

Breña Alta: norte: Barranco de Juan Mayor; sur: Lomo Los Mestres hasta la Fuente de Aduares; este: Canal Intermunicipal de Barlovento-Fuencaliente; oeste, Pista de la Hilera de La Cumbre. Por motivos de seguridad vial no se realizarán las sueltas de los perros de caza en las inmediaciones de la Carretera de la Cumbre.

Villa de Mazo: norte: La Caldereta; sur: término municipal de Fuencaliente de La Palma; este: Zona marítimo-terrestre; oeste: Canal intermunicipal de Fuencaliente, cauce Barranco Hondo y pista al Porís. Fuencaliente de La Palma: norte: Malpaís Volcán Martín, hasta el límite con la Villa de Mazo; sur: Roque de la Orchilla a las Cabras; este: Litoral; oeste: Pista Lomo Alta, Canal Estatal, Carretera del Cabildo a la Costa por Las Caletas (LP-207).

Los Llanos de Aridane: norte: desde el Acantilado de la Playa del Perdido, carretera cruce de La Laguna a la costa, hasta El Pedregal; sur: desde el acantilado de la Playa del Remo hasta la carretera LP-2 (entre Santa Cecilia y el Callejón de la Gata); este: Carretera LP-2; oeste: Hasta el litoral de Puerto Naos, La Bombilla y El Remo.

Tijarafe: norte: Barranco de Jieque; sur: Sendero SL TJ71; este: Sendero GR -131; oeste: Pista forestal que desciende desde el Barranco de Jieque hasta el Sendero SL TJ71.

Garafía: norte: Granadera, Lomo de La Cruz y Fuente La Huerta; sur: Caboquitos, Cuevas Coloradas y Fuente de la Hiedra; este: Barranco de La Luz; oeste: Barranco de Los Tanques.

Barlovento-San Andrés y Sauces: norte: Llanosde Lomo Quinto y Pista de Guerreros al Canal

Barlovento-Fuencaliente; sur: Pista de Meleno, Pista monte de Los Sauces; este: Pista Lomo Los Frailes, cauce Barranco de La Herradura; oeste: Acantilado.

Puntallana: norte: Barranco de Agua; sur: BarrancoSeco; este: Zona marítimo-terrestre; oeste: Carretera general del norte (LP-1).

Condiciones:

1. Sólo estará permitido el adiestramiento de perros de caza. Está totalmente prohibido el uso de hurón, de armas de fuego y la suelta de especies cinegéticas. El número máximo de perros que se podrán adiestrar será de ocho (8) por cazador individual, doce (12) por dos cazadores y quince (15) por cuadrilla. Se entenderá por cuadrilla al grupo compuesto por un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5) cazadores.