ANUNCIO de 29 de mayo de 2017, por el que se hace público el Decreto de 26 de mayo de 2017, de la Presidencia, que establece las condiciones para el ejercicio de la Caza Mayor para el año 2017.
Primero.- Autorizar la práctica de la caza mayor del arruí (Ammotragus lervia) en La Palma para la temporada cinegética 2017, a partir del día 1 de julio de 2017. La fecha de finalización de la temporada se establecerá una vez se concrete el número de cuadrillas inscritas para la temporada y antes de adjudicar y celebrar el sorteo de los días y zona hábiles para la práctica de la caza mayor. En todo caso, no se autorizará la caza mayor a partir del
sábado 2 de diciembre.
Los días hábiles de caza serán los sábados y los que coincidan con festivos de ámbito nacional. La modalidad de caza será el rececho en cuadrilla.
Se exceptúa como jornada hábil para la práctica de la caza para la presente temporada el sábado 5 de agosto de 2017.
La práctica de la caza mayor del arruí en la presente temporada se autoriza de acuerdo con los siguientes requisitos y
CONDICIONANTES:
Primero.- Tendrán derecho a participar en las jornadas de caza mayor las cuadrillas que estén conformadas por las personas que hayan sido autorizadas previamente por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma, mediante las cuales se organizará la práctica de la caza mayor en la isla de La Palma, pudiendo autorizarse que para la práctica de la caza mayor cada cuadrilla se auxilie de un máximo de tres perros, que no podrán ser perros de caza podencos ni perros de muestra, para realizar las labores de rastreo o localización de piezas abatidas, debiendo estar los perros debidamente identificados y con la cartilla sanitaria y vacunación en vigor. El cazador o cazadores propietarios de los perros tendrán que asistir obligatoriamente a la jornada de caza mayor, en caso contrario, no se autorizará llevar perros a la jornada de
caza.
Las cuadrillas estarán integradas por un mínimo de veinte y un máximo de treinta y cinco cazadores, que deberán estar en posesión de la documentación requerida en el momento
de solicitar su constitución (licencia de caza mayor con armas y permiso de armas), de conformidad con los requisitos exigidos anualmente por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma.
Las solicitudes de cuadrilla deberán presentarse en el Servicio de Medio Ambiente y Emergencias del Excmo. Cabildo Insular de La Palma (Avenida Los Indianos, nº 20, 2º, Santa Cruz de La Palma) en el plazo establecido al efecto, finalizando el 12 de junio de 2017.
Más información: Boletín Oficial de Canarias núm. 110 Viernes 9 de junio de 2017