miércoles, 5 de junio de 2013

Cabildo Insular de Gran Canaria

Consejería de Medio Ambiente y Emergencias del Cabildo de Gran Canaria. Resolución número 895 de fecha 22 de mayo de 2013 relativa a la aprobación de los Campos de Entrenamiento y Adiestramiento para la temporada 2013-2014.

1. CAMPOS DE ENTRENAMIENTO Y ADIESTRAMIENTO PARA PERROS DE   CAZA TEMPORADA 2013-2014

CAMPOS DE ENTRENO DE VERANO PARA PERROS DE CAZA SIN ARMAS DE FUEGO, CETRERÍA Y CAZA CON ARCO. 2013


• El Peñonal Guía
• Cueva Lapa- Botija Gáldar
• Barranco de Silva Telde
• Vega del Castaño San Bartolomé de Tirajana
• Vista Alegre- Tasartico San Nicolás de Tolentino
• Las Gambuecillas San Nicolás de Tolentino
• La Culatilla- Veneguera Mogán
• Motor Grande- Puerto Rico Mogán
• Los Mocanales- Las Vueltas Valsequillo
• Canteras del Cabildo Las Palmas de Gran Canaria
• Hoya de La Salvia Mogán
• Lomo Tomás León Arucas-Firgas
• Barranco Los Vicentes San Bartolomé de Tirajana
• Las Crucitas Agüimes
• Lomo Gordo-Piletas (este Campo está situado en los terrenos destinados al
Coto Intensivo de caza en Los Corralillos Agüimes)

2. CAMPOS DE ENTRENO DE INVIERNO CON PERROS DE CAZA Y SIN ARMAS DE FUEGO. 2014

Montaña de Galdar o Pico de La Atalaya Gáldar
Laderas del Palomar San Nicolás de Tolentino
Barranco de Arguineguín San Bartolomé de Tirajana
Las Crucitas Agüimes

3. Ordenar la publicación de un extracto de la presente resolución, en el Boletín Oficial de la Provincia.

Todo ello bajo las siguientes condiciones:

1. Los Campos de Entrenamientos de Verano permanecerán abiertos desde el domingo 2 de junio hasta el día hábil anterior a la apertura de la temporada de caza del presente año 2013.

2. Los Campos de Entrenamientos de Invierno permanecerán abiertos desde el primer domingo del mes de febrero del próximo año 2014 hasta el día anterior a la apertura de los Campos Temporales del año 2014.

3. Los días hábiles para entrenar en los diferentes Campos de Entrenamiento serán Jueves, Sábados, Domingos y Festivos, excepto para las modalidades de Cetrería y Caza con Arco que serán los martes, miércoles y viernes

4. Solo se permitirá el uso de cuatro perros por cazador, no existiendo la figura de la Cuadrilla, excepto para las modalidades de Cetrería y Caza con Arco que será de un perro por Cetrero o Arquero

5. Para poder acceder a los Campos de Entrenamiento será necesario tener y llevar consigo toda la documentación para el ejercicio de la actividad cinegética en vigor.

6. Los Límites de los Campos estarán ajustados, en la medida de lo posible, a accidentes naturales, topográficos, vías, caminos, etc.; que redunden en una mejor identificación y menor confusión para los cazadores.

7. Todos los Campos de Entrenamientos deberán estar correctamente señalizados conforme a la normativa vigente.

8. Todos los Campos de Entrenamiento de la Isla permanecerán cerrados una vez se inicie la temporada de Caza.

9. El aparcamiento de los vehículos en los Campos de Entrenamiento se realizará en aquellos lugares destinados y señalizados para ello.

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintisiete de mayo de dos mil trece.

LA CONSEJERA DE MEDIO AMBIENTE Y EMERGENCIAS, María del Mar Arévalo Araya.