domingo, 27 de octubre de 2013

Dos personas acusadas de envenenar a un perro en San Mateo

La Guardia Civil los acusa de un presunto delito contra la fauna

Dos personas han sido imputadas como posibles autores de un delito contra la fauna y la naturaleza por el uso de cebos envenenados con un producto fitosanitario que causó la muerte a un perro, en el municipio grancanario de San Mateo, según ha informado hoy la Guardia Civil.
En un comunicado, la Guardia Civil ha señalado que los imputados son el arrendador y un trabajador de la finca agrícola donde aparecieron los cebos, en un lugar conocido como Lomo Lucas.

Las iniciales del arrendador son A.R.H y la del trabajador, A.M.P, recoge la nota.
Así mismo, indica que el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) inició la investigación el pasado 15 de septiembre, a raíz de la denuncia del dueño del animal que falleció por la ingesta del veneno mientras se hallaban realizando ejercicios de caza.
El Seprona localizó en la finca 83 trozos de cebos envenenados, un saco con numerosos trozos de pan de los utilizados para la trampa y una garrafa de plástico con un producto fitosanitario empleado como plaguicida.
Según la nota, tras la exhumación del cadáver para la recogida de muestras, estas fueron remitidas al Servicio de Toxicología Clínica y Analítica de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria que, en su informe, determinó la presencia de un principio activo denominado como oxilamo, tanto en los cebos como en el contenido gástrico del animal y en el plaguicida.
El oxilamo es un insecticida clasificado como tóxico por inhalación y por ingestión así como peligroso para el medio ambiente, explica la nota, que señala las diligencias han sido entregaas al Juzgado de Instrucción número 4 de Las Palmas de Gran Canaria, indica la nota.
El Seprona informa de que el uso de veneno o cualquier otro método de destrucción masiva o no selectiva está expresamente prohibido por la Directiva 2009/147/CEE de la Unión Europea relativa a la conservación de las aves silvestres.
También está prohibido por la Directiva 92/43/CEE relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres y por el Convenio de Berna relativo a la Conservación de la Vida Silvestre y el Medio Natural en Europa, suscrito por el Estado español, añade la nota, informa EFE.