miércoles, 2 de mayo de 2018

Cabildo Insular de Gran Canaria

De acuerdo con lo establecido en los artículos 37 y 38 de la Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias, y los artículos 71 a 74 del Reglamento de la Ley de Caza de Canarias, se inicia el procedimiento para la aprobación del Estatuto del Consejo Insular de Caza de Gran Canaria, durante el cual se otorgó un plazo de alegaciones para que los miembros del Consejo Insular de Caza y Sociedades de Cazadores legalmente constituidas, presentaran las aportaciones que consideraran oportunas al Borrador de Estatuto del Consejo.

Durante dicho plazo se presentaron dos escritos de alegaciones que fueron resueltos en el Pleno del Consejo Insular de Caza celebrado con carácter extraordinario el día 19 de abril de 2018. En dicho Pleno se adoptó el acuerdo de aprobación definitiva del Estatuto, cuyo texto incluye las alegaciones presentadas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74.3 del Reglamento de la Ley de Caza de Canarias, el régimen de funcionamiento de los Consejos Insulares de Caza se regirá por las normas que los propios Consejos acuerden y, supletoriamente, por lo dispuesto para los órganos colegiados en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En sesión extraordinaria del Consejo Insular de Caza de Gran Canaria, celebrado el jueves 19 de abril de 2018, se acordó aprobar definitivamente el Estatuto que regula el funcionamiento del Consejo Insular de Caza de Gran Canaria, cuyo texto íntegro se inserta a continuación: